Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 05 de marzo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo VENTA REMUNERADA.
Expediente: N-0470619
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8376692
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0470619
Fecha de resolución: 26/02/2025
Clases: 36
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades solicitadas de la clase 36, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001,de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que se encuentra formado por términos genéricos para la clasesolicitada, los cuales no permiten garantizar la identidad de la procedencia comercial de los servicios para el consumidor final. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la especie, naturaleza y finalidad de las actividades siguientes para los que se solicita el presente nombre comercial, toda vez que el signo está compuesto por los términos "VENTA REMUNERADA", los cuales son descriptivos para los servicios solicitados de la clase 36. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado