Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 18 de diciembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo VELORCIOS, bajo la titularidad de VELORCIOS SL.
Expediente: M-3723719
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4770952
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3723719
Fecha de resolución: 12/12/2018
Clases: 09, 35, 38, 41, 42
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto:- En la clase 35: "RECOPILACIÓN Y GESTIÓN DE INFORMACIÓN EN BASES DE DATOS INFORMATICAS; SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE UN PROGRAMA DE LICENCIAS DE SOFTWARE; SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR EN LA NATURALEZA DE UN SERVICIO DE COMPRA EN LINEA; SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR Y DE VENTA POR CORREO DE PRODUCTOS DE CONSUMO EN GENERAL". Pudiendo solicitarlos en la misma clase 35 como:"RECOPILACIÓN Y GESTIÓN DE INFORMACIÓN DE NEGOCIOS EN BASES DE DATOS INFORMATICAS. " . Y en la clase 45: " ADMINISTRACIÓN JURÍDICA DE LICENCIAS DE SOFWARE". Y el resto de servicios los debera ajustara la posición correspondiente de la clase 35 de la clasificación internacional, indicando, en amboscasos los productos objeto de la venta.- En la clase 42: "SERVICIOS DE BACK UP; SERVICIOS DE INFORMACIÓN EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y COMUNICACIONES VIA SATELITE; SERVICIOS DE CONCESIÓN DE LICENCIAS DE SOFTWARE Y PROPIEDAD INTELECTUAL". Pudiendo solicitarlos en la misma clase 42 como: "SERVICIOS DE COPIAS DE SEGURIDAD DE DATOS". En la clase 38: "SERVICIOS DE INFORMACIÓN EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y COMUNICACIONES VIA SATELITE". Y en la clase 45: "SERVICIOS DE CONCESIÓN DE LICENCIAS DE SOFTWARE Y PROPIEDAD INDUSTRIAL ". Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad de 81,21 euros por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en loreferente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazola falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud ose hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)