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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 12 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Vega Baja del Segura_a la mesa.


Solicitud de marca suspendida

Vega Baja del Segura_a la mesa

Expediente:  M-4352866

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9076361

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4352866

Fecha de resolución:  05/03/2026

Irregularidades:  Debe aportar el NIF corregido, toda vez que el indicado no se corresponde con la entidad solicitante , o corregir el nombre de la entidad solicitante de manera que coincida con los datos del NIF [CONSO RCIO PARA EL DESARROLLO ECONOMICO DE LA COMARCA DE LA VEGA BAJA].La lista de productos y servici os adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marc as y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: 1.- "Posavasos para poner bajo las jarras de cervez a" es impreciso. Puede quedar definido como "posavasos de cartón para jarras de cerveza".2.- "Se rvicios de convocatoria y entrega de premios, concursos y becas". Puede quedar definido como:- " Servicios de organización de concursos y entrega de premios"- "Concesión de becas de estudios" y pertenece a la Clase 36.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsan asen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINM AR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.act ionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desis tida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tas a.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 12/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9076361 

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