Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 05 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo vandamiel, bajo la titularidad de VANDAMIEL SL.
Expediente: M-4322830
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8727007
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4322830
Fecha de resolución: 29/08/2025
Irregularidades: Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo ("V VANDAMIEL").En caso de no contestar al suspenso se pr ocederá a cambiar de oficio dicha casilla con los elementos alfanuméricos que se puedan apreciar. La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incor rectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "cajas para cartas; tapetes para juegos de mesa; bolsas para dados; cajas de almacena je de hogar" es impreciso. Puede eliminarlo del listado, o alternativamente puede indicar servicios comprendidos en la clasificación de Niza que tengan una relación directa con los indicados (no se ac eptarán servicios o productos que no guarden relación).Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios af ectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para e ncontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de pr oductos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resul tante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desist ida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa .Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando l os defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el a rtículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas