Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de junio del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Valles del Oso Miel Ecológica.
Expediente: M-4285310
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El signo solicitado se halla incurso en la prohibición del artículo 5.1.f) de la Ley 17/2001 de7 de diciembre, de Marcas, por ser contrario al art. 30 del Reglamento (UE) 2018/848 del ParlamentoEuropeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos, que reserva los términos "ecológico", "biológico" y "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco" o "bio", para identificar la producción ecológica. En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de productos que quedaría como sigue: - Clase 30: "Miel natural obtenida por métodos de producción ecológica, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018". 02) El signo solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre las características y el proceso de producción de los productos solicitados, toda vez que la denominación incluye el término "Ecológica" mientras que el signo se está solicitando para "miel natural" en general, sin especificar que esta ha sido obtenida por métodos de producción ecológica. La forma de subsanar esta prohibición es la misma indicada para la prohibición del art. 5.1.f), señalada en el párrafo anterior.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 8615113
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4285310
Fecha de resolución: 13/06/2025
Clases: 30