Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de febrero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo valle mijares.
Expediente: M-4254924
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la combinación de vocablos, que se propone no permite al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial.Puede contestar a este acuerdo de suspensode fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) para los productos solicitados "QUESOS". Este artículo establece que nopodrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del productoo de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar el producto solicitado "QUESOS" y sus características y procedencia geográfica, ya que el "queso de vidiago" es un tipo de queso asturiano y "valle mijares" puede indicar su procedencia. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a errorsobre los productos solicitados "carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche, mantequilla, yogur y otros productos lácteos; aceites y grasas para usoalimenticio", y su procedencia, dado que la denominación de la marca puede hacer pensar al usuario consumidor que los productos solicitados son "Queso de Vidiago procedente del Valle de Mijares" mientras solicita productos diferentes
Identificado de publicación: 8342026
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4254924
Fecha de resolución: 13/02/2025
Clases: 29