Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de julio del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo VALLA VERDE.
Expediente: M-4340127
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos de las clases 06 y 19, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece queno podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la denominación "VALLA VERDE", no permiteal público consumidor identificar un concreto origen empresarial, ni la diferenciación en el mercado de los productos antes mencionados para los que se solicita. 02) La marca solicitada se halla incursa también, para los productos de las clases 06 y 19, en la prohibición del artículo 5.1.c) de la Ley de Marcas. Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos oindicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, eldestino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios. En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la naturaleza y características de los productos antes mencionados para los que se solicita el presente signo, "VALLA VERDE", sin ningún otro elemento que le dé suficiente fuerza caracterizadora como para eliminar dicho carácter descriptivo. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo,subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 9316573
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4340127
Fecha de resolución: 25/06/2026
Clases: 06, 19, 20