Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de febrero del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Vaca Gallega Buey Gallego INDICACIÓN GEOGRÁFICA PROTEGIDA.
Expediente: M-4300407
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) Se suspende la presente solicitud dado que la marca colectiva solicitada no cumple con lo dispuesto en el art. 62.2 la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), toda vez que el solicitante es un Consejo Regulador, por lo que no tiene legitimación activa. Solo podrán solicitar marcas colectivas las asociaciones de fabricantes, productores, prestadores de servicios o comerciantes que tengan capacidad, en su propio nombre, para ser titulares de derechos y obligaciones, celebrar contratoso realizar otros actos jurídicos, y que tengan capacidad procesal, así como las personas jurídicas de Derecho público.Podrá subsanar este defecto solicitando el cambio de modalidad a MARCA DE GARANTIA o, alternativamente, de la forma que se indica en el último párrafo.En el caso de que su intención fuera solicitar una marca de garantía, deberá remitir informe favorable del órgano administrativo competente (Ministerio de Agricultura) para cumplir con el articulo 69 LM. Así mismo, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 63 de la LM y 38.2.b) y c) del Reglamento de Ejecución de la Ley de Marcas dado que el Reglamento de uso no incluye los requisitos establecidos en los citados artículos.En particular, el Reglamento de uso deberá incluir:a)Los requisitos, componentes, elementos, condiciones, origen o cualesquiera otras características que el titular de lamarca va a certificar o garantizar que cumplen los productos o servicios a que se aplique la marca.b)Las medidas que se adoptarán para verificar estas características.c)Los sistemas de control y vigilancia del uso de la marca.d)Las responsabilidades y sanciones en que se pueda incurrir por unuso inadecuado de la marca.e)El canon que se exigirá a quienes utilicen la marca.Sin embargo,si su intención no era solicitar una marca colectiva ni de garantía sino solicitar una marca de productos y servicios, se le informa que puede solicitar el cambio de modalidad presentando el oportunoescrito de alegaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Marcas, pudiendo solicitar la devolución de exceso de tasa presentando el formulario de ingresos indebidos, a través de la sede electrónica de esta Oficina
Identificado de publicación: 9002591
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4300407
Fecha de resolución: 04/02/2026
Clases: 29