Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 31 de marzo del 2023 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Vaca Celta.
Expediente: N-0444219
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7296544
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0444219
Fecha de resolución: 24/03/2023
Clases: 29, 41
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los productos de la Clase 29, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al carecer de carácter distintivo por consistir en una denominación descriptiva de las actividades reivindicadas, que no permitirá al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial; ya que el dibujo que acompaña a la denominación es una redundancia poco distintivade la propia denominación
Motivos: 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los productos de la Clase 29, en la prohibición del artículo 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, al estar compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar las actividades reivindicadas, toda vez que la denominación constituye una referencia directa a los productos ofrecidos, sin que el signo contenga ningún elemento gráfico o denominativo significativo que permita al consumidor distinguir su origen empresarial de otros similares para productos similares
Motivos: 03) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), para los productos de la Clase 29, al poder inducir al público a error sobre la naturaleza, la calidad y la procedencia geográfica de los productos solicitados en dicha clase; ya que la denominación se refiere a la carne de vaca de origen gallego.Para salvar esta prohibición deberá remitirnos una nueva hoja de la solicitud con los productos limitados en la Clase 29: CARNE DE VACA DE ORIGEN GALLEGO.LOS SERVICIOS DE LA CLASE 41 SON CORRECTOS, Y DEBERÁ VOLVER A INCLUIRLOS EN LA NUEVA SOLICITUD
Motivos: 04) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los productos de la Clase 29, en la prohibición del art. 5.1.h) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al estar excluido de registro en virtud del Reglamento (UE) 1151/2021, que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que la denominación solicitadaincluye los términos "VACA CELTA", que hace referencia a un producto amparado por la IGP "TERNERA GALLEGA".Esta prohibición podrá subsanarse limitando los productos solicitados a: Clase 29: CARNE DE VACA DE ORIGEN GALLEGO amparados por la IGP TERNERA GALLEGA o excluyendo los mismos de la lista de productos
Motivos: 05) POR OPOSICION BASADA EN:- Articulo 5.1. b),c),g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre.- Articulo 9.3. de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre