Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 03 de enero del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo UVdigital.es, bajo la titularidad de GRUPO DIMENSION DIVERSIFICACION G&L SL.
Expediente: N-0428979
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 6560000
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0428979
Fecha de resolución: 23/12/2021
Clases: 35, 40
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de Ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto, y a fin de adaptarse al Nomenclátor Internacional, lo indicado en el punto 4 de la solicitud (Lista de productos y servicios), para la clase 40, como "VALLAS PUBLICITARIAS; DECORACIÓN INTERIOR ROTULACIÓN" no responde a las exigencias de claridad y precisión, pudiendo tratarse de servicios encuadrados en clase diferente a la solicitada, lo que supondría el abono de tasa de nueva/s clase/s, toda vez que "Vallas publicitarias de metal", pertenecen a la clase06, "Vallas publicitarias no metálicas" corresponden a la clase 19, "Publicidad en vallas publicitarias" pertenece a la clase 35, y la "Decoración de interiores" está recogido en clase 42. Debe presentar, por tanto, un nuevo listado completo de actividades definiéndolas y clasificándolas correctamente de conformidad con la Clasificación Internacional. Deberá abonar la cantidad correspondiente por la/s nueva/s clase/s resultante/s, 82,02 € por cada nueva clase (art. 12.2 de la Ley 17/2001 de Marcas). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazola falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud ose hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta de clasificación CLINMAR accediendo a nuestra página web: http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action.02) POR OPOSICION BASADA EN:- <a href="/distintivo/uv/oepm/m-2764327" title="Detalle de la marca UV">UV</a>UV- <a href="/distintivo/uv-universitat-de-valencia/oepm/m-2764307" title="Detalle de la marca UV UNIVERSITAT DE VALENCIA">UV UNIVERSITAT DE VALENCIA</a>UV UNIVERSITAT DE VALENCIA