Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo UR - URQUIZA - RECAMBIOS SUMINISTROS Y FERRETERIA, bajo la titularidad de SUMINISTROS Y RECAMBIOS URQUIZA SL.
Expediente: N-0488095
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8799322
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0488095
Fecha de resolución: 14/10/2025
Irregularidades: Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo (debe eliminar los guiones).En caso de no contestar al su spenso se procederá a cambiar de oficio dicha casilla con los elementos alfanuméricos que se puedan apreciar.El apartado "DESCRIPCIÓN" es de cumplimentación facultativa o voluntaria. En caso de in dicar una descripción esta debe limitarse exclusivamente a definir las características del distintiv o, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Al ser voluntaria, no es necesaria su cumplimentación. EN SU CASO, DE BE ELIMINAR "TODO ELLO COMO SE REPRESENTA EN EL DISEÑO ADJUNTO".La lista de productos y servicio s contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 1 7/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "VENTA AL POR MAYO R DE RECAMBIOS AGRÍCOLAS, SUMINISTRO INDUSTRIAL Y FERRETERÍA" es impreciso. Debe adecuar los product os a vender acorde a la clasificación de Niza.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalado s se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados ( art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deb erá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la so licitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se r ecuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defect os señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9 .2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas