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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo UNIVERSIDAD CATOLICA ONLINE IN LIBERTATEM VOCATI AÑO MCMXCVI UNIVERSIDAD CATOLICA ONLINE, bajo la titularidad de FUNDACION UNIVERSITARIA SAN ANTONIO.


Solicitud de marca suspendida

UNIVERSIDAD CATOLICA ONLINE IN LIBERTATEM VOCATI AÑO MCMXCVI UNIVERSIDAD CATOLICA ONLINE

Expediente:  M-4354334

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9089377

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4354334

Fecha de resolución:  12/03/2026

Irregularidades:  - La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios clasificados incorrectamente (a rt. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto: Clase 09"soportes grabados o descargables, software, soportes de registro y almacenamiento digit ales o análogos vírgenes" puede quedar definido como "Soportes grabados o descargables; software; s oportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes" "Archivos digitales descarga bles autenticados por tokens no fungibles (NFT)" puede quedar definido como "Archivos de imágenes di gitales descargables autenticados por tókenes no fungibles [TNF]"Clase 41"Administración de liga de equipos y competiciones en el ámbito de los deportes electrónicos y los videojuegos" puede q uedar definido como "Administración [organización] de competiciones, liga de equipos en el ámbito de los deportes electrónicos y los videojuegos"Clase 42"Alojamiento de una plataforma de comer cio electrónico de tokens no fungibles (NFT)" puede quedar definido como "Alojamiento de una platafo rma de comercio electrónico de tókenes no fungibles [TNF]""Emisión de tokens no fungibles (NFT)" puede quedar definido como "Emisión de información en materia de tókenes no fungibles [TNF]"S e recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los def ectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artícul o 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de MarcasApórtese u n nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 19/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9089377 

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