Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de abril del 2019 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo UNIC BIO PRODUCTS, bajo la titularidad de UNIC PRODUCTS 1986 SL.
Expediente: M-3738760
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4962789
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3738760
Fecha de resolución: 04/04/2019
Clases: 10, 20, 21
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, los " dispensadores biológicos de pajitas"pertenecen a la clase 21.Los "palillos" son imprecisos debe concretarlos en la clase 21, puede podrá consultar la base de datos Clinmar.Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. En caso de que opte por clasificar los productos solicitados en distintas clases a la solicitada, deberá abonar la/s tasa/s correspondiente/s por la/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)