Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de junio del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo TURCOMANA, bajo la titularidad de BIENESTAR ESTRELLAS 2000 SL.
Expediente: N-0434328
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: BIENESTAR ESTRELLAS 2000 SL
Identificado de publicación: 6882784
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0434328
Fecha de resolución: 20/06/2022
Clases: 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La lista de productos y servicios contiene servicios que no están definidos correctamente (artículo 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y artículo 3.2 de su Reglamento de ejecución). En concreto: Clase 35: "... artículos de regalo como...", resulta impreciso, debiendo especificar los artículosque va a comercializar.Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. La nueva lista debe incluir, además de las correcciones señaladas, el resto de productos y/o servicios correctamente solicitados inicialmente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action
Motivos: 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del artículo 5.1.g) en relación con el artículo 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al poder inducir al público a error sobre la calidad y el origen geográfico de los productos que va a comercializar toda vez que, al contener el distintivo el término "Turco", el público consumidor podría pensar que los productos son de origen turco.Este motivo de suspenso podrá subsanarse aportando una nueva lista deproductos y servicios en la que se indique que los productos que va a vender tienen origen turco