Información sobre la marca TRYTEAR con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-2930744.
M-2930744
Expediente OEPM M-2930744 Tipo Denominativa Fecha solicitud 07/05/2010 Estado Vigente |
Persona física. Consultar en la OEPM
Fecha | Tramitación |
---|---|
2010-05-26 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2010-06-01 | Publicacion de solicitud. |
2010-09-30 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 20/09/2010 causas del suspenso de fondo: 329. |
2010-10-25 | Contestacion al suspenso publicado el: 30/09/2010. |
2010-12-03 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 23/11/2010 causas del suspenso de fondo: 328. |
2010-12-30 | Contestacion al suspenso publicado el: 03/12/2010. |
2011-02-02 | Publ. Conces. Con modif. De f.Res: 20/01/2011. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca TRYTEAR
Expediente: M-2930744
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6398344
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 2930744
Otra información: Y OTROS
Fecha resolución caducidad: 05/10/2021
Clases: 3536
Motivos: Por falta de renovación en tiempo oportuno (art. 55.1.a)
Expediente: M-2930744
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: Persona física. Consultar OEPM.
Texto: Expedientes suspendidos por los motivos que a continuación se expresan. El solicitante dispone del plazo de un mes para presentar alegaciones (art. 20-2 RLM).
Número de solicitud: M 2930744 (9)
Clase de la Clasificación de Niza y lista de productos o servicios clasificados de conformidad con ella: 35 Fecha de suspenso: 23-11-2010. Defectos o motivos: 1) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los nuevos servicios solicitados en fecha 25/10/2010 siguen sin estar correctamente definidos. Debe concretar los mismos como: "Promoción de ventas para terceros, publicidad, gestión de negocios comerciales y administración comercial" en clase 35 y "servicios de tarjetas de fidelización" en la clase 36. Como nota aclaratoria, los servicios de fidelización que pretenden solicitar, no existen como tales en el Nomenclator Internacional sino los instrumentos a través del cuales se prestan los servicios. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de servicios (en formulario oficial) describiéndolos tal y como se señala en un principio. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento).
Expediente: M-2930744
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: Persona física. Consultar OEPM.
Texto: Expedientes suspendidos por los motivos que a continuación se expresan. El solicitante dispone del plazo de un mes para presentar alegaciones (art. 20-2 RLM).
Número de solicitud: M 2930744 (9)
Clase de la Clasificación de Niza y lista de productos o servicios clasificados de conformidad con ella: 35 Fecha de suspenso: 20-09-2010. Defectos o motivos: 1) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los servicios solicitados están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, los servicios de promoción comercial, deben solicitarse como: promoción de ventas para terceros o promociones publicitarias en clase 35 y los servicios de: "promoción, captación y fidelización de clientes" deben ajustarse al Nomenclator, teniendo en cuenta que los servicios de: tarjetas de fidelización (servicios de -) van clasificados en la clase 36 del citado Nomenclator. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad de 100 euros por la/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).
Expediente: M-2930744
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: Persona física. Consultar OEPM.
Texto: A partir de la fecha de publicación del presente Boletín Oficial de la Propiedad Industrial queda abierto el plazo de dos meses para que toda persona que se considere perjudicada pueda formular ante la Oficina Española de Patentes y Marcas oposición contra cualquier solicitud de registro contenida en este apartado (artículos 19 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y 17 de Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de dicha Ley).
Número de solicitud: M 2930744 (9)
Fecha de presentación de la solicitud: 07-05-2010
Reproducción de la marca en caracteres normalizados: TRYTEAR
Clase de la Clasificación de Niza y lista de productos o servicios clasificados de conformidad con ella: 35 Promoción comercial, publicidad, gestión de negocios comerciales y administración comercial. Promoción, captación y fidelización de clientes.
La información sobre la marca TRYTEAR que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.