Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de abril del 2019 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo TRUJIPAN.
Expediente: M-3739021
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4974342
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3739021
Fecha de resolución: 11/04/2019
Clases: 30
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Deberá aportar el Reglamento de uso de la marca colectiva debidamente formalizado.Ademas, el Reglamento de uso deberá especificar las condiciones de afilicación a la sociación, los motivos por los que puede prohibirse el uso de la marca a un miembro de la asociación y demás sanciones en que puede incurrir, segun lo establecido en el artº 63. 1 de la Ley 17/2001 de Marcas.Igualmente el Reglamento de uso deberá acompañarse de los estatutos de la asociación o entidad solicitante, debidamente constituidos e inscritos (artº. 38.3 del Reglamento de la Ley de Marcas).Si se tratará de un error al solicitar la marca como Colectiva (no puede ser solicitada por un particular) y lo que queriasolicitar es una marca de productos o servicios debe de adjuntar nueva solicitud indicando que se trata de una marca de productos y servicios para la clase 30
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa, para todas las clases solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) toda vez que el excesivo numero de elementos que la componen la harian supceptible de ser objeto de más de un expediente es por lo que debe de enviar nuevo distintivo eliminando del mismo las direcciones y teléfonos esto es dejando solamente el mismo gráfico con "OGITEGIA-GOZOTEGIA TRUJIPAN"