Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 12 de marzo del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Tres Cordilleras Café.
Expediente: M-4319881
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio. En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre las características de los productos que pretende proteger en la clase 30, toda vez que en la denominación solicitada contiene el término "Café", por lo que el público consumidor podrá entender que lo que se ofrece es café, no sus sucedáneos. En consecuencia, podrá subsanar esta prohibición limitando la lista de productos como sigue:Clase 30 "Café; té, cacao y sus sucedáneos".Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 9075455
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4319881
Fecha de resolución: 05/03/2026
Clases: 30