Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de septiembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo TREMIXA PREMIUM ABOGADOS, bajo la titularidad de TREMIXA PREMIUM SL.
Expediente: N-0383795
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 4601374
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0383795
Fecha de resolución: 17/09/2018
Clases: 45
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto:"Intermediación de servicios de asesoramiento a toda clase de personas físicas y jurídicas en temas fiscales, contables y laborales": Pertenece a la Clase 35, y además se debería definir como: ASESORÍA FISCAL Y CONTABILIDAD A PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS; ASESORAMIENTO LABORAL A PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS. Por tanto puede elegir entre pagar la tasa de una nueva clase, o bien puede eliminarlo en la nueva solicitud.El resto de los servicios solicitados son correctos, y deberá volver a incluirlos en la nueva solicitud.Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) definiéndolas y clasificándolas correctamente. Deberá abonarla cantidad correspondiente de euros por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)