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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de febrero del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo TòTEM cactus.


Suspenso de fondo de marca

TòTEM cactus

Expediente:  M-4313177

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos de la clase 31 solicitados como "Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar; productos alimenticios y bebidas para animales; Esquejes de plantas; Plantas; Plantas de floración; Plantas de vivero; Plantas en maceta; Plantas naturales (vivas); Plantas vivas", en la prohibición del art. 5.1.k) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), toda vez que consiste o reproduce en sus elementos esenciales la denominación de una obtención vegetal prioritaria, registradas de conformidad con la Ley 3/2000, de 7 de enero, el Reglamento (CE) 2100/94, del Consejo, de 27 de julio, y los acuerdos internacionales en los que sea parte la Unión Europea o España.En concreto, han sido registradas con la denominación "TOTEM", variedades vegetales de las siguientes especies: albaricoque, trigo candeal, remolacha azucarera, judía verde, pasto ovillo, girasol, cebada, pimiento, escarola, maíz, soja, tomate, zanahoria, cebolla blanca, colza y manzanos.Asimismo, han sido registradas con la denominación "CACTUS", variedades vegetales de las siguientes especies: trigo, remolacha azucarera, colza y manzanocomún.La presente solicitud de registro de marca, al reivindicar "Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar; productos alimenticios y bebidas para animales; Esquejes de plantas; Plantas; Plantas de floración; Plantas de vivero; Plantas en maceta; Plantas naturales(vivas); Plantas vivas", se refiere a variedades vegetales de esas especies o estrechamente conexas.Esta prohibición podrá subsanarse excluyendo de la lista de productos los relativos a las especies vegetales anteriormente señaladas. Para ello puede añadirse a la lista de productos de la clase 31 lo siguiente: "Se excluye expresamente trigo, albaricoque, trigo candeal, remolacha azucarera, judía verde, pasto ovillo, girasol, cebada, pimiento, escarola, maíz, soja, tomate, zanahoria, cebollablanca, colza y manzanos"

Identificado de publicación:  9014988

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4313177

Fecha de resolución:  10/02/2026

Clases:  31, 44

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 17/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9014988 

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