Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de febrero del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo TòTEM cactus.
Expediente: M-4313177
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos de la clase 31 solicitados como "Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar; productos alimenticios y bebidas para animales; Esquejes de plantas; Plantas; Plantas de floración; Plantas de vivero; Plantas en maceta; Plantas naturales (vivas); Plantas vivas", en la prohibición del art. 5.1.k) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), toda vez que consiste o reproduce en sus elementos esenciales la denominación de una obtención vegetal prioritaria, registradas de conformidad con la Ley 3/2000, de 7 de enero, el Reglamento (CE) 2100/94, del Consejo, de 27 de julio, y los acuerdos internacionales en los que sea parte la Unión Europea o España.En concreto, han sido registradas con la denominación "TOTEM", variedades vegetales de las siguientes especies: albaricoque, trigo candeal, remolacha azucarera, judía verde, pasto ovillo, girasol, cebada, pimiento, escarola, maíz, soja, tomate, zanahoria, cebolla blanca, colza y manzanos.Asimismo, han sido registradas con la denominación "CACTUS", variedades vegetales de las siguientes especies: trigo, remolacha azucarera, colza y manzanocomún.La presente solicitud de registro de marca, al reivindicar "Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar; productos alimenticios y bebidas para animales; Esquejes de plantas; Plantas; Plantas de floración; Plantas de vivero; Plantas en maceta; Plantas naturales(vivas); Plantas vivas", se refiere a variedades vegetales de esas especies o estrechamente conexas.Esta prohibición podrá subsanarse excluyendo de la lista de productos los relativos a las especies vegetales anteriormente señaladas. Para ello puede añadirse a la lista de productos de la clase 31 lo siguiente: "Se excluye expresamente trigo, albaricoque, trigo candeal, remolacha azucarera, judía verde, pasto ovillo, girasol, cebada, pimiento, escarola, maíz, soja, tomate, zanahoria, cebollablanca, colza y manzanos"
Identificado de publicación: 9014988
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4313177
Fecha de resolución: 10/02/2026
Clases: 31, 44