Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 12 de junio del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo TorrArtcafe.
Expediente: N-0474098
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8599665
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0474098
Fecha de resolución: 05/06/2025
Clases: 30
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los "sucedáneos de café; té, cacao y sus sucedáneos" solicitados en la clase 30 en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al públicoa error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la naturaleza de los productos "sucedáneos de café; té, cacao y sus sucedáneos" dado que la denominación incluye el término "CAFE" y se está solicitando para productos que no son café, pero que por su semejante naturaleza podrían ser confundidos con este.Esta prohibición podrá subsanarse limitando la lista de productos de la clase 30 a: "Café; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo"