Información sobre la marca TOMATE AZUL DE CASTILLA Y LEON con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-3716606.
M-3716606
![]() | Expediente OEPM M-3716606 Tipo Mixta Fecha solicitud 27/04/2018 Estado Vigente |
Persona física. Consultar en la OEPM
Violeta, rojo
Fecha | Tramitación |
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2018-05-09 | Contestacion al suspenso publicado el: 16/05/2018. |
2018-05-16 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 09/05/2018 causas del suspenso de forma: 670 999. |
2018-05-18 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2018-05-24 | Publicacion de solicitud. |
2018-06-07 | Observaciones de terceros basadas en el: art.5.1 c,g;. |
2018-07-18 | Observaciones de terceros basadas en el: art.5.1 f,g;. |
2018-10-19 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 15/10/2018 causas del suspenso de fondo: 346. |
2018-11-07 | Contestacion al suspenso publicado el: 19/10/2018. |
2018-12-21 | Publ. Conces. Con modif. De f.Res: 17/12/2018. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca TOMATE AZUL DE CASTILLA Y LEON
Expediente: M-3716606
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4778867
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3716606
Fecha resolución concesión: 17/12/2018
Fecha publicación de la solicitud: 24/05/2018
Clases con limitación: 29-FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS TODOS ELLOS PROCEDENTES DE CASTILLA Y LEON
Expediente: M-3716606
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4653587
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3716606
Fecha de resolución: 15/10/2018
Clases: 29
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre las características, la calidad y la procedencia geográfica de los servicios para los que se solicita, dado que la denominación solicitada contiene el término "Castilla y León" podría inducir al público a pensar que los productosalimenticios a los que se va a aplicar son de tales características, calidad y procedencia geográfica. Puede subsanar los motivos del suspenso limitando los servicios solicitados a: " "todos ellos procedente de Castilla y León" y " las alubias amparados a la Indicación Geográfica Protegida " alubia de la Bañeza-León".O bien excluyendo de los productos solicitados la alubia
Motivos: 02) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- SE ALEGA QUE EL SIGNO ES DESCRIPTIVO DEL ORIGEN GEOGRAFICO Y PUEDE INDUCIR A ERROR.- Articulo 5.1. c),g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre.- SE ENTIENDE QUE EL SIGNO PUEDE INDUCIR A ERROR Y SER CONTRARIO A LA LEY- Articulo 5.1. f),g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre
Expediente: M-3716606
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4392737
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3716606
Fecha de resolución: 09/05/2018
Irregularidades: - Debe aportar la página correspondiente del formulario oficial de solicitud debidamente cumplimenta
Irregularidades: da, en la que en el apartado "reivindicación de color" se haga constar el color o colores que aparec
Irregularidades: en en el distintivo (art. 2.5 del Reglamento de la Ley de Marcas, Real Decreto 687/2002, de 12 de j
Irregularidades: ulio). Sólo se visualizan dos colores en el distintivo aportado
Irregularidades: - Debe aportar la página correspondiente de los impresos oficiales de solicitud en la que, en el apa
Irregularidades: rtado que identifica al solicitante, figure NOMBRE y DOS APELLIDOS del solicitante en las casillas c
Irregularidades: orrespondientes
La información sobre la marca TOMATE AZUL DE CASTILLA Y LEON que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.