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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 01 de octubre del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo TodoSanidad Einte, bajo la titularidad de MANUEL JOSE ALFARO SANTAMARIA EUROINTEGRAL DE SERVICIOS INFORMATICOS SL.


Solicitud de marca suspendida

TodoSanidad Einte

Expediente:  M-4275953

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8107311

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4275953

Fecha de resolución:  24/09/2024

Irregularidades:  1. Examinada la instancia de solicitud se constata que en la identificación de los datos del sol icitante figura como tal una persona jurídica. Sin embargo, en la casilla reservada al apartado "NOM BRE" se ha consignado nombre y apellidos de una persona física. Si dicha persona física, es el repre sentante legal de la persona jurídica no debe de figurar como solicitante. En caso de que esta perso na física fuera cotitular junto a la persona jurídica, deberá identificarse correctamente en el apar tado de "Añadir solicitante", rellenando los apellidos y nombre en las casillas correspondientes. 2. Debe transcribir en la casilla "DENOMINACIÓN" los elementos denominativos o alfanuméricos qu e se visualizan en el distintivo para el cual solicita el registro. Se sugiere como denominación "EI NTE".2. El apartado "DESCRIPCIÓN" es de cumplimentación facultativa o voluntaria. En caso de indicar una descripción esta debe limitarse exclusivamente a definir las características del distin tivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/200 1, de 7 de diciembre, de Marcas). Al ser voluntaria, no es necesaria su cumplimentación.3. L a lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos o imprec isos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concre to:-"Gel Conductor Ultrasonido" debe quedar como "Geles tópicos para uso médico y terapéutico, e n concreto, Gel Conductor Ultrasonido".Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se te ndrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9. 6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y se rvicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionModificaciones no solicitadas pueden dar lugar al abono de tasas o pérdida de fecha de prioridad

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 01/10/2024 Tomo: 1 Anuncio:8107311 

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