Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 28 de abril del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo TODO RICO.
Expediente: M-4320346
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, por estar compuesto exclusivamente de términos descriptivos en relación con los productos y servicios solicitados, que no permitirán al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios. En concreto, el signo solicitado está compuesto de términos que hacen referencia al objeto y características de los propios productos y servicios solicitados, sin que los elementos gráficos del signo sean suficientes para superar las prohibiciones porconsistir en elementos decorativos de uso común en el sector, que no aportan distintividad
Identificado de publicación: 9177980
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4320346
Fecha de resolución: 21/04/2026
Clases: 30, 35, 43