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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ThesIA.


Solicitud de marca suspendida

ThesIA

Expediente:  M-4324650

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8743608

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4324650

Fecha de resolución:  12/09/2025

Irregularidades:  Debe indicar una dirección completa del solicitante. No se admite la indicación de un apartado de co rreos como dirección o domicilio (art. 1.1. b del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas), ni una dirección sin número. Si la vía carece de número pueden indicar S/N. Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o al fanuméricos que aparecen en el distintivo.En caso de no contestar al suspenso se procederá a cam biar de oficio dicha casilla con los elementos alfanuméricos que se puedan apreciar.El apartado "DESCRIPCIÓN" es de cumplimentación facultativa o voluntaria. En caso de indicar una descripción est a debe limitarse exclusivamente a definir las características del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Mar cas). Al ser voluntaria, no es necesaria su cumplimentación. Apórtese la documentación acreditat iva de la reivindicación de la adquisición de carácter distintivo por el uso.La lista de product os y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12. 3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "asis tentes virtuales controlados por voz o texto" puede quedar definido como "programas informáticos de asistentes virtuales controlados por voz o texto".Si no se subsanasen en plazo los defectos seña lados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectad os (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encont rar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de product os y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida l a solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa. Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los de fectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artícu lo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 19/09/2025 Tomo: 1 Anuncio:8743608 

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