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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de marzo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Terapia Redox.


Suspenso de fondo de marca

Terapia Redox

Expediente:  M-4267222

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, por consistir en una denominación descriptiva de la finalidad de los productos reivindicados, queno permitirá al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial. Puedecontestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la finalidad o el métod de uso de los productos reivindicados toda vez que el conocido proceso REDOX, se basa en un tratamiento electrolítico que produce una serie de reacciones electrolíticas y químicas asociadas a un proceso físico que favorecen la transformación y la consiguiente separación de contaminantes, sin que el signo incluya otros elementos suficientemente relevantes que le proporcionen distintividad, reduciendo a su vez su clara descriptividad. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado

Identificado de publicación:  8388984

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4267222

Fecha de resolución:  04/03/2025

Clases:  05, 10

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 11/03/2025 Tomo: 1 Anuncio:8388984 

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