Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 01 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo tempos, bajo la titularidad de GLOBALSA CONSERVACION SL.
Expediente: N-0495855
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9125609
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0495855
Fecha de resolución: 25/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 09-"platafo rmas digitales para la gestión, seguimiento y control de obras y proyectos" puede quedar definido co mo "Plataformas de software para ordenadores para la gestión, seguimiento y control de obras y proye ctos"Clase 35:-"elaboración de informes" puede quedar definido como "Elaboración de informes sob re análisis de mercado"- "servicios de consultoría relacionados con la gestión y seguimiento de pr oyectos y obras" puede quedar definido como "Consultoría sobre gestión empresarial de proyectos y o bras"Clase 41:-"formación online" puede quedar definido como "formación en línea (online)Clase 42:-"plataformas tecnológicas para la gestión y seguimiento de obras y proyecto" puede quedar def inido como "Creación de plataformas informáticas para terceros para la gestión y seguimiento de obra s y proyecto"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plaz o los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/ o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elab orar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan ele ctrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud re specto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda qu e como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalad os en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reg lamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas