Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de mayo del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo TECULA MECULA.
Expediente: M-4140191
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6801539
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4140191
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 12/05/2022
Clases: 30
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos solicitados, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que la denominación de la marca TECULA MECULA (La Técula Mécula es un postre tradicional español procedente de la comunidad autónoma de Extremadura), está compuesta por signos e indicaciones deuso común, carentes de distintividad (genéricos), sin ningún otro elemento, forma o denominación que permita al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesta exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designarlos productos solicitados; toda vez que la denominación de la marca TECULA MECULA (La Técula Mécula es un postre tradicional español procedente de la comunidad autónoma de Extremadura), se considera descriptiva de los productos que solicita, sin que se haya incluidoalgún signo de fantasía, grafía especial o gráfico, que lo pueda diferenciar en el mercado de los de otros con similares productos