Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de mayo del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo TECNICAS EN SEGUIMIENTO Y COMUNICACION TECSEGCOM.


Suspenso de fondo de marca

TECNICAS EN SEGUIMIENTO Y COMUNICACION TECSEGCOM

Expediente:  M-4140025

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  6798597

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4140025

Fecha de resolución:  11/05/2022

Clases:  09, 35, 37, 45

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, dentro de la clase 09, donde solicita "Alarmas" es impreciso, no responde a las exigencias de claridad y precisión, deberá concretar los servicios que pretende proteger o bien eliminar el enunciado citado de la lista de productos y servicios.También donde solicita "Distribuidores automáticos" pertenece a la clase 07, puede ajustarlo dentro de la clase 09como: Distribuidores eléctricos o bien eliminar el enunciado citado de la lista de productos o ampliar con la nueva clase 07.Todos los servicios solicitados deben ir enumerados separados por punto y coma. Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad de 82,84 €. euros por la/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud enlo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá pordesistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 19/05/2022 Tomo: 1 Anuncio:6798597 

IR A TECNICAS EN SEGUIMIENTO Y COMUNICACION TECSEGCOM
CREAR CUENTA GRATIS
Crea una cuenta gratuita en empresia y realiza seguimiento de las empresas que te interesan.

Registrar cuenta
Axesor.es
Axesor.es