Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de mayo del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo TECHTÓNICO PROMOTOR DE NEGOCIOS.
Expediente: M-4309018
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8549260
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4309018
Fecha de resolución: 16/05/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -"gestión publicitar ia de redes sociales" es impreciso. Puede quedar definido como "Servicios publicitarios en redes soc iales". En "Impartición de seminarios, talleres, jornadas y/o cursos de formación en línea sobre branding y publicidad digital; servicios de diseño y desarrollo de ilustración personalizada para b randing y publicidad":-"Branding" no se admite por ser un término en un idioma distinto del cast ellano no incluido en la Clasificación de Niza. Debe incluirse el término en castellano. -"servi cios de desarrollo de identidad visual y corporativa" es impreciso. Puede quedar definido como "Dis eño de gráficos y colores distintivos para la identidad corporativa" en la clase 42. -"diseño de páginas web y contenidos para las redes sociales" es impreciso. Puede quedar definido como "Diseño de página web y de artes gráficas para redes sociales". -"servicios de diseño y desarrollo ident idad corporativa para emprendedores y empresas" es impreciso. Puede quedar definido como "Diseño de gráficos y colores distintivos para la identidad corporativa" en la clase 42, ya indicado anteriorme nte. -"conceptualización y diseño de packaging" es impreciso y no se admite "packaging" por ser un término en un idioma distinto del castellano no incluido en la Clasificación de Niza. Puede queda r definido como "Diseño de embalajes". Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la h erramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/cl inmar/inicio.actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud , según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciem bre, de Marcas