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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de mayo del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo TECHTÓNICO PROMOTOR DE NEGOCIOS.


Solicitud de marca suspendida

TECHTÓNICO PROMOTOR DE NEGOCIOS

Expediente:  M-4309018

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8549260

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4309018

Fecha de resolución:  16/05/2025

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -"gestión publicitar ia de redes sociales" es impreciso. Puede quedar definido como "Servicios publicitarios en redes soc iales". En "Impartición de seminarios, talleres, jornadas y/o cursos de formación en línea sobre branding y publicidad digital; servicios de diseño y desarrollo de ilustración personalizada para b randing y publicidad":-"Branding" no se admite por ser un término en un idioma distinto del cast ellano no incluido en la Clasificación de Niza. Debe incluirse el término en castellano. -"servi cios de desarrollo de identidad visual y corporativa" es impreciso. Puede quedar definido como "Dis eño de gráficos y colores distintivos para la identidad corporativa" en la clase 42. -"diseño de páginas web y contenidos para las redes sociales" es impreciso. Puede quedar definido como "Diseño de página web y de artes gráficas para redes sociales". -"servicios de diseño y desarrollo ident idad corporativa para emprendedores y empresas" es impreciso. Puede quedar definido como "Diseño de gráficos y colores distintivos para la identidad corporativa" en la clase 42, ya indicado anteriorme nte. -"conceptualización y diseño de packaging" es impreciso y no se admite "packaging" por ser un término en un idioma distinto del castellano no incluido en la Clasificación de Niza. Puede queda r definido como "Diseño de embalajes". Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la h erramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/cl inmar/inicio.actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud , según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciem bre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 23/05/2025 Tomo: 1 Anuncio:8549260 

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