Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de diciembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo TECHNOFLEX AUTO, bajo la titularidad de IDNEO TECHNOLOGIES SA.
Expediente: M-3723479
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4757028
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3723479
Fecha de resolución: 03/12/2018
Clases: 04, 09
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, "Baterías de automoción", deberá definirlo como "Baterías para vehículos", y "Lámparas de automoción", deberá definirlo como "Lámparas para vehículos terrestres de motor", que pertenece a la clase 11. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Debiendo abonar la cantidad correspondiente a la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la clase para la que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)