Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 29 de octubre del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Tea Breeze.
Expediente: M-4244732
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artículo 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la naturaleza de los productos ofertados, toda vez que en su denominación contiene el término "TEA". Es decir, el público consumidor puede entender que los "sucedáneos de té" son en realidad té. Podrá subsanar dicha prohibición limitando la lista de productos, eliminando de la misma los sucedáneos de té.La lista de productos podría quedar redactada de la siguiente forma:Clase 30: café, cacao y sus sucedáneos; té; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar,miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbasen conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo
Identificado de publicación: 8814517
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4244732
Fecha de resolución: 22/10/2025
Clases: 30