Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo TAZA DE CAFE CON PIES (ANDADO) Y BOCAFLOJA EN LETRA.
Expediente: M-4360987
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9142051
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4360987
Fecha de resolución: 01/04/2026
Irregularidades: Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo. Debe corregir el apartado "REIVINDICACIÓN DE COLOR" indi cando exclusivamente los colores que se visualizan en el distintivo. Este apartado es facultativo po r lo que puede eliminar estas indicaciones.El apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe li mitarse exclusivamente a definir las características del distintivo, no debiéndose incluir otros com entarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Est e apartado es de cumplimentación facultativa, por lo que puede eliminar estas indicaciones.La li sta de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -" CAFETERIA MEXICANA TOD O EL DIA" es impreciso. Puede quedar definido como "Servicios de cafetería mexicana".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y s ervicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsan ase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/ s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este sus penso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, li mitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de l a Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas