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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo TATAS EVENTOS.


Solicitud de marca suspendida

TATAS EVENTOS

Expediente:  M-4347335

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9049309

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4347335

Otra información:  Y OTROS

Fecha de resolución:  23/02/2026

Irregularidades:  1.- Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o a lfanuméricos que aparecen en el distintivo. En caso de que dichos elementos sean gráficos de fantasí a, deberá hacerlo constar así en el apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA".2.- La lista de p roductos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (ar t. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "Alquiler de locales y salas para eventos, fiestas y celebraciones"son imprecisos, o pueden quedar definidos como "Al quiler de salas de reunión" y pertenece a la clase 43 "Servicios de alquiler de locales comerciale s" y pertenece a la clase 36"Alquiler de salas de entretenimiento" y pertenece a la clase 41Po r cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se reali zan electrónicamenteSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modif icar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, seg ún establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de MarcasApórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o serv icios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar s u lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda q ue como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señala dos en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Re glamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 02/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9049309 

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