Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de febrero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Tarta de A Coruña.
Expediente: M-4260816
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Descripcion Distintivo: Decoración de la superficie de la tarta con la plantilla de maría pita
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para la clase solicitada, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo toda vez que la denominación "Tarta de A Coruña", no permite al público consumidor identificar un concreto origen empresarial, ni la diferenciación en el mercado de los productos para los que se solicita. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artículo 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios. En concreto, el signo solicitado está compuestoexclusivamente de signos o indicaciones descriptivas de la naturaleza y procedencia geográfica de los propios productos para los que se solicita el presente signo, sin que el elemento gráfico del signo propuesto tenga la suficiente entidad para eliminar el carácter descriptivo del mismo.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 8307109
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4260816
Fecha de resolución: 28/01/2025
Clases: 30