Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de septiembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo TALLERES RYS WWW.TALLERESRYS.COM, bajo la titularidad de OXIDO 21 SL.
Expediente: N-0381288
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 4607331
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0381288
Fecha de resolución: 19/09/2018
Clases: 37
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto:"REPARACION, VENTA Y ALQUILER DE MAQUINARIA INDUSTRIAL": No es completamente correcto, y se puede desglosar y definir de la siguiente manera:- REPARACIÓN Y ALQUILER DE MAQUINARIA INDUSTRIAL. Y pertenece correctamente a la Clase 37 solicitada.- VENTA (aquí debe especificar el tipo de venta AL POR MAYOR Y/O AL POR MENOR Y/O A TRAVÉS DE REDES MUNDIALES DE INFORMÁTICA) DE MAQUINARIA INDUSTRIAL. Y pertenece a la Clase 35, por tanto puede elegir entre pagar la tasa de una nueva clase, o bien puede eliminarlo en la nueva solicitud.SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN: Es correcto, y debe volver a incluirlo en la nueva solicitud.Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) definiéndolas y clasificándolas correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente de euros por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistidala solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)