Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 12 de noviembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo TABIDUR, bajo la titularidad de JOSE JOSE MOLINA LOPEZ SL.
Expediente: M-3718183
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4696040
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3718183
Fecha de resolución: 05/11/2018
Clases: 19
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, eliminar por impreciso o mal clasificado "vigas; panales", podrá solicitar en la clase 19 "vigas no metálicas; paneles no metálicos para la construcción"En la clase 6 podrá solicitar "vigas metálicas; paneles (revestimientos) metálicos". Debe aportarse, por tanto, nuevalista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente.Deberá abonar la cantidad correspondiente por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante seconsiderarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)