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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo T TELEFONICA Ready for Next, bajo la titularidad de TELEFONICA SA.


Solicitud de marca suspendida

T TELEFONICA Ready for Next

Expediente:  M-4359158

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9141585

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4359158

Fecha de resolución:  01/04/2026

Irregularidades:  Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo. En el distintivo se observa la denominación "T TELEFÓNICA RE ADY FOR NEXT".Deberían añadir la tilde en Telefónica.La lista de productos y servicios adole ce de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art .3.3 de su Reglamento). En concreto: "SERVICIOS DE DIRECCIONAMIENTO Y DE UNIÓN PARA TELECOMUNICA CIONES", se considera impreciso, por lo que debería revisar la redacción del servicio ajustándose a la Clasificación Internacional de Niza."SERVICIOS DE ACCESO A TRANSACCIONES COMERCIALES A TRAVÉS DE REDES DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA", es impreciso, por lo que deberán revisar la redacción del se rvicio ajustándose a la Clasificación de Niza. "SERVICIOS DE UN PROVEEDOR DE RED, EN CONCRETO AL QUILER Y MANIPULACIÓN DE TIEMPOS DE ACCESO A REDES DE DATOS Y BASES DE DATOS, EN PARTICULAR INTERNET ", es impreciso, por lo que podría quedar definido, siguiendo los criterios de la Clasificación Inte rnacional de Niza, como "ACCESO A REDES INFORMÁTICAS MUNDIALES (ALQUILER DE TIEMPO DE-), EN CONCRETO ALQUILER Y MANIPULACIÓN DE TIEMPOS DE ACCESO A REDES DE DATOS Y BASES DE DATOS, EN CONCRETO INTERNE T""ALQUILER DE EQUIPOS Y DISPOSITIVOS DE TELECOMUNICACIONES, INCLUYENDO TELÉFONOS", se considera impreciso, pudiendo quedar redefinido como "ALQUILER DE EQUIPOS Y DISPOSITIVOS DE TELECOMUNICACIONE S, EN CONCRETO TELÉFONOS"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsan asen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINM AR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.act ionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa. Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artí culo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 10/04/2026 Tomo: 1 Anuncio:9141585 

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