Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de diciembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo SUMAK KAUSAY.
Expediente: N-0386110
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 4757562
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0386110
Fecha de resolución: 03/12/2018
Clases: 21, 24
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto:Cl.21:- "CHAPAS PUBLICITARIAS Y/O PERSONALIZADAS": Pertenece a la Clase 35 y no es correcto, se podría decir PUBLICIDAD (EN FORMA DE CHAPA PUBLICITARIA Y/O PERSONALIZADA); por tanto puede elegir entre pagar la tasa de una nueva clase o bien, puede eliminarlo en la nuevasolicitud.- "ESTUCHES METÁLICOS": No existe como tal en la Clasificación de Niza, por tanto puedeelegir entre eliminarlo en la nueva solicitud, o bien puede mirar lo que más se asemeje en nuestra Web, en la Base de Datos CLINMAR, teniendo en cuenta que si es una clase diferente a las solicitadasinicialmente, deberá pagar la tasa correspondiente. - "LLAVEROS": Pertenece a la Clase 14, y no es correcto, debería decir LLAVEROS COLGANTES METÁLICOS; también puede elegir entre pagar la tasa de una nueva Clase o bien, puede eliminarlo en la nueva solicitud.-"MECHEROS": Pertenece a la Clase 34, y no es correcto, debería decir MECHEROS (ENCENDEDORES DE BOLSILLO);también puede elegir entre pagar la tasa de una nueva Clase o bien, puede eliminarlo en la nueva solicitud.Cl. 24: -"PULSERAS": Pertenece a la Clase 14, y se debería definir como PULSERAS (JOYERÍA); si hubiera pagado por esta Clase en base a uno de los productos anteriores, ya no tendría que volver a pagarla.-"COMPLEMENTOS": No existe como tal este producto en la Clasificación de Niza, por tanto puede elegir entre eliminarlo en la nueva solicitud, o bien puede mirar lo que más se asemeje en nuestra Web, en la Base de Datos CLINMAR, teniendo en cuenta que si es una clase diferente a las solicitadas inicialmente, deberá pagar la tasa correspondiente. El resto de los productos solicitados en las Clases 21 y 24son correctos, y deberá volver a incluirlos en la nueva solicitud.Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) definiéndolas y clasificándolas correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente de euros por la/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)