Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de junio del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo submariner spirit compak sl, bajo la titularidad de SUBMARINER SPIRIT COMPAK SL REIVINDICACION DE DISTINTIVIDAD: REIVINDICACION DE CARACTER DISTINTIVO POR EL USO.
Expediente: M-4265051
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 7988431
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4265051
Fecha de resolución: 18/06/2024
Irregularidades: Dado que parece aportar un tipo de distintivo figurativo, en este caso, si así fuera, deberá indicar en la casilla "TIPO DE DISTINTIVO" que se trata de un signo figurativo.Debe cumplimentar la cas illa "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo ("SPIRIT COMPAK SL SUBMARINER").La lista de productos y servicios contiene produc tos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de d iciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "Bebidas alcohólicas" lo ha indicad o por repetido. Debe eliminar uno de los dos productos del listado.- "Cervezas" dentro de la clase 33 está mal clasificado y ya lo ha incluido en la clase 32. Debe eliminarlo del listado.- "bebida s carbonatadas" puede quedar definido como "bebidas carbonatadas con sabores" y pertenece a la clase 32 (lo ha incluido dentro de la clase 33).- "agua" adolece de falta de claridad y precisión, debe rá concretar qué productos y/o servicios desea. Podría quedar definido como "Aguas minerales [bebida s]" en la clase 32.- "zumos" puede quedar definido como "Zumos vegetales [bebidas]" y pertenece a la clase 32 (lo ha incluido dentro de la clase 33).- "refrescos sin gas" pertenece a la clase 32 (lo ha incluido dentro de la clase 33).Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se te ndrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9. 6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los tér minos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servic ios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abo nar 82.84. euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanas e en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa