Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 18 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo StudioZ.
Expediente: M-4323089
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8741892
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4323089
Fecha de resolución: 11/09/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento) En concreto: CLASE 25:"Complemen tos de moda" es impreciso, debe especificar más de qué complementos se trata, dependiendo de eso pue de pertenecer a otra clase.Por cada nueva clase resultante deberá abonar (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. CLASE 35:"Servicios de venta al por menor y al por ma yor de prendas de vestir, ropa personalizada, calzado, complementos demoda, artículos de merchandi sing relacionados con la música y el arte" donde complementos de moda podría quedar definido como "c omplementos de vestir" y artículos de merchandasing no es aceptado, debe especificar qué productos v ende y Merchandasing no es un término aceptado además."servicios de venta online a través de Int ernet" es impreciso, debe especificar qué vende."gestión de tiendas online" es impreciso, podría poner "Gestión de negocios comerciales en línea".CLASE 41:"promoción y difusión de proyectos musicales" es impreciso, además difusión de música pertenece a la clase 38 y promocíón de conciertos musicales pertenece a la clase 35.Por cada nueva clase resultante deberá abonar (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. CLASE 44:"Diseño artístico de tatuajes" podrí a quedar definido como "Diseño artístico comercial" y pertenece a la clase 42."consultoría en mate ria de tatuajes" podría quedar definido como "Consultoría en materia de diseño" y pertenece a la cla se 42.Por cada nueva clase resultante deberá abonar (tasa ME17) si el trámite y el pago se realiza n electrónicamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento). Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados , puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://c onsultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR , O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS