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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 05 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo STARTUPING, bajo la titularidad de STARTUPING GROWTH SERVICES SL.


Solicitud de marca suspendida

STARTUPING

Expediente:  M-4344180

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8992725

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4344180

Fecha de resolución:  29/01/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la clase 35:- " Asesoramiento en organización y dirección de empresas" es impreciso. Los servicios deben separarse y quedar definidos como: "Asesoramiento en materia de organización de empresas"; "Asesoramiento en dirección de empresas".-"Consultoría estratégica y de negocios" es impreciso. Debe quedar defini do como: "Consultoría sobre estrategias de negocios".-"Asistencia a la dirección de empresas" es impreciso. Podría quedar definido como: "Asistencia a la dirección de empresas comerciales".En la Clase 36:-"Servicios financieros e inversión" debe quedar definido como: "Servicios financier os"; "Servicios de inversión".En la Clase 42:-"Consultoría en tecnología, innovación, desarr ollo de software, o transformación digital" es impreciso. Podría quedar definido como: "Servicios de consultoría en el ámbito del desarrollo tecnológico, la innovación, de desarrollo de software y tra nsformación digital".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los prod uctos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR p ara elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se re alizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la so licitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE R ECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECT OS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9 .2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 05/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:8992725 

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