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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo SPOOMBINI.


Solicitud de marca suspendida

SPOOMBINI

Expediente:  M-4363461

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9162731

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4363461

Fecha de resolución:  14/04/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-En l a clase 20"FIGURAS ARTESANALES DE MADERA" puede quedar definido como "FIGURAS HECHAS DE MADERA".-" UTENSILIOS DE COCINA ARTESANALES DE MADERA" .Puede quedar definido como "UTENSILIOS DE COCINA " pert eneciente a la clase 21.-"BOLÍGRAFOS DE MADERA" . Puede quedar definido como "BOLIGRAFOS" pertenec iente a la clase 16.-En la clase 35 "- COMERCIO AL POR MAYOR Y MENOR DE ARTÍCULOS ARTESANALES DE MADERACOMERCIO AL POR MAYOR Y MENOR DE ARTÍCULOS ARTESANALES DE MADERA" puede quedar definido c omo "SERVICIOS DE VENTA AL POR MAYOR Y AL POR MENOR DE ARTÍCULOS ARTESANALES DE MADERA; SERVICIOS DE VENTA A TRAVÉS DE INTERNET DE ARTÍCULOS ARTESANALES DE MADERA."Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desi stida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglame nto).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:http s://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 eu ros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hub iese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividi r la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 21/04/2026 Tomo: 1 Anuncio:9162731 

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