Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo SPIRITUALIFVE.
Expediente: N-0487263
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8740359
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0487263
Fecha de resolución: 10/09/2025
Irregularidades: En la casilla TIPO DE DISTINTIVO ha indicado TRIDIMENSIONAL, cuando es claramente FIGURATIVO. Salvo prueba en contrario, dicha casilla se modificará de oficio a figurativo.Debe corregir el apartad o "reivindicación de color" indicando exclusivamente los colores que se visualizan en el distintivo. Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indicaciones.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "servic ios de instalación y reparación" es impreciso. Puede eliminarlo del listado o especificar el tipo de instalaciones o reparaciones.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reg lamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos ace ptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:htt ps://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar la ta sa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglament o para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas