Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de febrero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo SPANISHONE2ONE NEUROLANGUAGE COACHING.
Expediente: N-0470494
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8362777
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0470494
Fecha de resolución: 20/02/2025
Clases: 41
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan decarácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo por estar compuesto de términos descriptivos, sin que se hayan adicionado otros elementos denominativos o figurativos que pudieran dotar al conjunto de un mínimo de distintividad para poder acceder al registro. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones descriptivas de los servicios reivindicados ("one 2 one" son sesiones en las que participan solo dos personas y son habituales en enseñanza de idiomas).Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado