Información sobre el nombre comercial SOLOESCBD con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0448636.
N-0448636
![]() | Expediente OEPM N-0448636 Tipo Figurativa Fecha solicitud 15/12/2022 Estado En tramitación |
Persona física. Consultar en la OEPM
Fecha | Tramitación |
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2023-01-16 | Contestacion al suspenso publicado el: 20/01/2023. |
2023-01-17 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2023-01-20 | Publ.Suspenso solic.De f.Resol 13/01/2023. |
2023-01-24 | Publicacion de solicitud. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial SOLOESCBD
Expediente: N-0448636
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7452199
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0448636
Fecha de resolución: 27/06/2023
Clases denegadas: 05, 34
Fecha publicación de la solicitud: 24/01/2023
Expediente: N-0448636
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7434288
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0448636
Fecha de resolución: 14/06/2023
Clases: 05, 34
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todas las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al carecer de carácter distintivo por consistir en una denominación descriptiva de las actividades reivindicadas, que no permitirá al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial
Motivos: 02) El signo solicitado se halla incurso, para todas las actividades solicitadas, en la prohibicióndel art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para describir de la composición de los productos, en concreto, su contenido en CBD "SOLOESCBD" sin que el elemento gráfico, dada su simplicidad, sean suficientes para superar la descriptividad del signo
Motivos: 03) El nombre comercial se halla incurso, para "Tabaco y sucedáneos del tabaco; cigarrillos y puros; cigarrillos electrónicos y vaporizadores bucales para fumadores; artículos para fumadores; Ámbar amarillo (Embocaduras de boquillas de -) para cigarros y cigarrillos; Aromatizantes para cigarrillos electrónicos, que no sean aceites esenciales; Aromatizantes, que no sean aceites esenciales, para cigarrillos electrónicos; Aromatizantes químicos en forma líquida para rellenar cartuchos de cigarrillos electrónicos; Atomizadores de cigarrillos electrónicos; Cartuchos rellenos de aromatizantes químicos líquidos para cigarrillos electrónicos; Cigarrillos electrónicos; Líquido de cigarrillos electrónicos [e-líquido] compuesto por aromas en forma líquida utilizado para rellenar cartuchos de cigarrillos electrónicos; Líquido para cigarrillos electrónicos [e-líquido] compuesto de glicerina vegetal;Saborizantes para cigarrillos electrónicos, que no sean aceites esenciales; Saborizantes, que no sean aceites esenciales, para cigarrillos electrónicos; Soluciones líquidas con nicotina para cigarrillos electrónicos; Soluciones líquidas para cigarrillos electrónicos; Vaporizadores para cigarrillos sin humo; Vaporizadores personales y cigarros electrónicos, aromatizantes y otras soluciones para los mismos" solicitados en la clase 34, en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la composición de los productos reivindicados, toda vez que la denominación incluye los términos "CBD" y se está solicitando para "Tabaco; puros", que por su propia naturaleza no son susceptibles de incorporar CBD y para "Sucedáneos del tabaco; cigarrillos; cigarrillos electrónicos y vaporizadores bucales para fumadores; artículos para fumadores; Ámbar amarillo (Embocaduras de boquillas de -) para cigarros y cigarrillos; Aromatizantes para cigarrillos electrónicos, que no sean aceites esenciales; Aromatizantes, que no sean aceites esenciales, para cigarrillos electrónicos; Aromatizantes químicos en forma líquida para rellenar cartuchos de cigarrillos electrónicos; Atomizadores de cigarrillos electrónicos; Cartuchos rellenos de aromatizantes químicos líquidos para cigarrillos electrónicos; Cigarrillos electrónicos; Líquido de cigarrillos electrónicos [e-líquido] compuesto por aromas en formalíquida utilizado para rellenar cartuchos de cigarrillos electrónicos; Líquido para cigarrillos electrónicos [e-líquido] compuesto de glicerina vegetal; Saborizantes para cigarrillos electrónicos, que no sean aceites esenciales; Saborizantes, que no sean aceites esenciales, para cigarrillos electrónicos; Soluciones líquidas con nicotina para cigarrillos electrónicos; Soluciones líquidas para cigarrillos electrónicos; Vaporizadores para cigarrillos sin humo; Vaporizadores personales y cigarros electrónicos, aromatizantes y otras soluciones para los mismos" susceptibles de incorporar CBD, sin que ello se haya indicado expresamente en la lista de productos solicitados.Podrá subsanar esta prohibición eliminando "Tabaco; puros" del listado y limitando el resto de productos en el sentido deindicar que "Todos los productos anteriores contienen CBD"
Expediente: N-0448636
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7179998
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0448636
Fecha de desposito regular: 15/12/2022
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: SOLOESCBD
Clasificación de elementos figurativos: 270502270517
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 05-CANNABIS CON FINES MEDICOS; CANNABIS PARA USO MEDICO
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 34-TABACO Y SUCEDANEOS DEL TABACO; CIGARRILLOS Y PUROS; CIGARRILLOS ELECTRONICOS Y VAPORIZADORES BUCALES PARA FUMADORES; ARTICULOS PARA FUMADORES; CERILLAS; AMBAR AMARILLO (EMBOCADURAS DE BOQUILLAS DE -) PARA CIGARROS Y CIGARRILLOS; AROMATIZANTES PARA CIGARRILLOS ELECTRONICOS, QUE NO SEAN ACEITES ESENCIALES; AROMATIZANTES, QUE NO SEAN ACEITES ESENCIALES, PARA CIGARRILLOS ELECTRONICOS; AROMATIZANTES QUIMICOS EN FORMA LIQUIDA PARA RELLENAR CARTUCHOS DE CIGARRILLOS ELECTRONICOS; ATOMIZADORES DE CIGARRILLOS ELECTRONICOS; CARTUCHOS DE CIGARRILLOS ELECTRONICOS; CARTUCHOS DE RECAMBIO PARA CIGARRILLOS ELECTRONICOS; CARTUCHOS DE SUSTITUCION PARA CIGARRILLOS ELECTRONICOS; CARTUCHOS PARA CIGARRILLOS ELECTRONICOS; CARTUCHOS RELLENOS DE AROMATIZANTES QUIMICOS LIQUIDOS PARA CIGARRILLOS ELECTRONICOS; CIGARRILLOS ELECTRONICOS; ESTUCHES PARA CIGARRILLOS ELECTRONICOS; LIQUIDO DE CIGARRILLOS ELECTRONICOS [E-LIQUIDO] COMPUESTO POR AROMAS EN FORMA LIQUIDA UTILIZADO PARA RELLENAR CARTUCHOS DE CIGARRILLOS ELECTRONICOS; LIQUIDO PARA CIGARRILLOS ELECTRONICOS [E-LIQUIDO] COMPUESTO DE GLICERINA VEGETAL; SABORIZANTES PARA CIGARRILLOS ELECTRONICOS, QUE NO SEAN ACEITES ESENCIALES; SABORIZANTES, QUE NO SEAN ACEITES ESENCIALES, PARA CIGARRILLOS ELECTRONICOS; SOLUCIONES LIQUIDAS CON NICOTINA PARA CIGARRILLOS ELECTRONICOS; SOLUCIONES LIQUIDAS PARA CIGARRILLOS ELECTRONICOS; SOPORTES PARA CIGARRILLOS ELECTRONICOS; VAPORIZADORES PARA CIGARRILLOS SIN HUMO; VAPORIZADORES PERSONALES Y CIGARROS ELECTRONICOS, AROMATIZANTES Y OTRAS SOLUCIONES PARA LOS MISMOS
Expediente: N-0448636
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7177135
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0448636
Fecha de resolución: 13/01/2023
Irregularidades: El apartado reivindicación de color es OPCIONAL pudiendo renunciar a ello. Si desea reivindicarlo se
Irregularidades: cumplimentará únicamente con los colores que se visualizan en el distintivo
La información sobre el nombre comercial SOLOESCBD que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.