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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de abril del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo SOLDUVA. SOLO DE UVA.


Suspenso de fondo de marca

SOLDUVA. SOLO DE UVA

Expediente:  M-4226657

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  7841586

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4226657

Fecha de resolución:  26/03/2024

Clases:  33

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) Ha solicitado una marca colectiva. El art. 62.2 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, en el que se establece la legitimación para solicitar marcas colectivas, establece que "solo podrán solicitar marcas colectivas las asociaciones de fabricantes, productores, prestadores de servicioso comerciantes que tengan capacidad, en su propio nombre, para ser titulares de derechos y obligaciones, celebrar contratos o realizar otros actos jurídicos, y que tengan capacidad procesal, así comolas personasjurídicas de Derecho público". En el presente caso, al ser los solicitantes personas físicas, no estarían legitimados para ello. Puede subsanar los defectos señalados:- O bien realizando una transferencia de la solicitud a favor de uno de los entes legitimados para solicitar marcas colectivas (indicados al inicio de este acuerdo de suspenso), en cuyo caso deberá aportar los estatutos de la asociación o entidad solicitante, debidamente constituidos e inscritos (art. 38.3 del RD 687/2002 de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas) y el reglamento de uso de la marca colectiva a que se refieren el art. 63.1 de la Ley de Marcas y el art. 38.1 de su Reglamento de Ejecución. Dicho reglamento de uso deberá contener, al menos, las siguientes indicaciones: a) El nombre y domicilio social de la asociación o entidad de Derecho Público solicitante.b) El objeto de la asociación o de la entidad de Derecho público.c) Los órganos autorizados a representar a la asociación o entidad de Derecho público.d) Las condiciones de afiliación a la asociación.e) Las personas autorizadas a utilizar la marca.f) Si procede, las condiciones de uso de la marca, incluidas las sanciones.g) Si procede, la previsión contenida en el apartado 2 del artículo 63 de la Ley 17/2001.- O bien modificando eltipo de marca, indicando en la solicitud que desea registrar una marca de PRODUCTOS/SERVICIOS, en cuyo caso podrá solicitar la devolución del exceso de tasa abonado presentando el formulario de "devolución de ingresos indebidos" 3004X. 02) POR OPOSICION BASADA EN:- <a href="/distintivo/soldeuvas/oepm/m-1253201/" title="Detalle de la marca SOLDEUVAS">SOLDEUVAS</a>SOLDEUVAS 03) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. f),g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 04/04/2024 Tomo: 1 Anuncio:7841586 

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