Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de diciembre del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo SOHAN PLAC S.L, bajo la titularidad de SOHAN PLAC SL.
Expediente: M-4285974
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8236358
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4285974
Fecha de resolución: 02/12/2024
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "Ins talaciones eléctricas y de fontanería" es impreciso. Puede/debe quedar definido como "Instalación de sistemas de iluminación, energía eléctrica y fontanería"- "Limpieza" puede quedar definido como "Servicios de limpieza" - "Agencia de viajes" pertenece a la clase "39" como "Servicios de agen cia de viajes"- "Asesoramiento" adolece de claridad y precisión. Deberá concretar qué productos y/o servicios desea. Puede definir en clase "37" solicitada como "Asesoramiento en materia de edific ación"- "Hostelería" Es impreciso. Puede definir como "Servicios de hostelería y restauración" p erteneciente a clase "43"- "Venta menor de alimentación y otros productos" adolece de claridad y precisión, no perteneciendo a clase solicitada, pudiendo eliminar de su lista o bien reclasificar e n clase solicitada adecuadamente, CONCRETANDO los productos objeto de venta de un segmento o sector. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa."Si no se subsanasen en plazo los defectos señalad os se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento)"