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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 18 de septiembre del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo SOFT CAKES, bajo la titularidad de JJ ASESORES GASTRONOMICOS SL.


Suspenso de fondo de marca

SOFT CAKES

Expediente:  M-4344846

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Titular:  JJ ASESORES GASTRONOMICOS SL

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos "harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; levadura, polvos de hornear" de la clase 30, en laprohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la denominación " SOFT CAKES", no permite al público consumidor identificar un concreto origen empresarial, ni la diferenciación enel mercado de los productos antes mencionados para los que se solicita. 02) La marca solicitada se halla incursa también, para los productos "harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; levadura, polvos de hornear" de la clase 30, en la prohibición del artículo 5.1.c) de la Ley de Marcas. Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de laprestación del servicio u otras características de los productos o servicios. En concreto, el signosolicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la naturaleza y características de los productos antes mencionados para los que se solicita el presente signo, " SOFT CAKES", sin que elemento gráfico incorporado le dé suficiente fuerzacaracterizadora como para eliminar dicho carácter descriptivo.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado

Identificado de publicación:  9430661

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4344846

Fecha de resolución:  11/09/2026

Clases:  25, 29, 30

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 18/09/2026 Tomo: 1 Anuncio:9430661 

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