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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Skolae FORMACI N.


Solicitud de marca suspendida

Skolae FORMACI N

Expediente:  M-4353205

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9128114

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4353205

Fecha de resolución:  26/03/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 16:- "suministros para escribir" es impreciso. Debe de redefinir el término ajustándose a la Cl asificación.Clase 41:- "servicios de formación en el metaverso y/o utilizando realidad virtu al y/o archivos digitales descargables autenticados mediante tokens no fungibles inscritos en una re d que utiliza tecnología de cadena de bloques (blockchain) (es decir, archivos de audio y vídeo, arc hivos de textos, archivos multimedia, elementos gráficos o efectos visuales en el ámbito educativo)" debe quedar definido como "SERVICIOS DE FORMACIÓN EN LÍNEA EN EL METAVERSO Y/O UTILIZANDO REALIDAD VIRTUAL Y/O ARCHIVOS DIGITALES DESCARGABLES AUTENTICADOS MEDIANTE TOKENS NO FUNGIBLES INSCRITOS EN U NA RED QUE UTILIZA TECNOLOGÍA DE CADENA DE BLOQUES (BLOCKCHAIN) (ES DECIR, ARCHIVOS DE AUDIO Y VÍDEO , ARCHIVOS DE TEXTOS, ARCHIVOS MULTIMEDIA, ELEMENTOS GRÁFICOS O EFECTOS VISUALES EN EL ÁMBITO EDUCAT IVO)" (debe de añadir "EN LÍNEA").Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respec to a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramie nta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/i nicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de l a tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSAN ANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLEC E EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 06/04/2026 Tomo: 1 Anuncio:9128114 

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