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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 05 de mayo del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Silencio.


Suspenso de fondo de marca

Silencio

Expediente:  M-4133694

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  6771761

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4133694

Fecha de resolución:  27/04/2022

Clases:  25

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos pertenecientes a la clase 25 están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto,"MOCHILAS, BOLSOS" pertenece a la clase 18."BOLSAS DE TELA" es impreciso, debe especificar la finalidad de las mismas y se encuentran mal clasificado, perteneciendo a la clase 22, o puede solicitar "bolsos de tela" en la clase 18.Puede consultar nuestra herramienta de clasificación "Clinmar" a través del siguiente enlace: http://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action y solicitar los productos en su clase correspondiente,utilizando las descripciones de la Clasificación Internacional, sin ampliar el ámbito de la protección inicialmente solicitada.En caso de que decida solicitar nuevas clases para subsanar los defectos señalados, deberá abonar los importes correspondientes a la segunda clase y siguientes, que experimentarán una reducción del 15% si tanto el trámite como el pago se realizan de forma electrónica (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario).Debe presentar, por tanto, un nuevo listado COMPLETO de productos definiéndolos y clasificándolos correctamente de conformidad con la Clasificación Internacional. LA NUEVA LISTA DEBE INCLUIR, ADEMÁS DE LAS CORRECCIONES SEÑALADAS, ELRESTO DE PRODUCTOS CORRECTAMENTE SOLICITADOS INICIALMENTESi no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos / servicios afectados (art. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa desolicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)

Motivos:  02) POR OPOSICION BASADA EN:- <a href="/distintivo/a-01569448/oepm/a-01569448" title="Detalle de la marca A-01569448">A-01569448</a>2SILENCE en relación con las clases solicitadas: 25

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 05/05/2022 Tomo: 1 Anuncio:6771761 

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